Se prorroga también la prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos hasta el 31 de mayo de 2021.
Con la publicación del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, para el refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo, se prorrogan las condiciones especiales de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) hasta el 31 de mayo de 2020.
Este es el cuarto acuerdo con consenso de los interlocutores sociales, y se mantiene la prórroga a las empresas que se acojan al mismo, con la misma prohibición de despedir durante un período de seis meses, para garantizar así el mantenimiento de empleo.
Como novedad recoge la simplificación de algunos procesos, como el cambio de un tipo de ERTE a otro y facilita la renovación de los mismos, que será automática, comunicándolo únicamente a la autoridad laboral.
En cuanto a los sectores ultraprotegidos, publica también el citado R.D. las exenciones de cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
Además, el Gobierno ha aprobado la prórroga hasta el 31 de mayo de la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos.
Los nuevos ERTE
Los ERTE para sectores ultraprotegidos y empresas de su cadena de valor, mantienen las exoneraciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, resultando el 85% para empresas de menos de 50 trabajadores y del 75% para empresas con más de 50 trabajadores en plantilla.
Los ERTE por impedimento, tienen una exoneración del 100% para empresas de menos de 50 trabajadores y 90% para las empresas que tengan más de 50 trabajadores.
Los ERTE por limitación, tienen unas exenciones variables y serán, para empresas de menos de 50 trabajadores, del 100%, 90%, 85% y 80%, en los meses de febrero, marzo, abril y mayo respectivamente. En cuanto a las empresas de más de 50 trabajadores, serán de 90%, del 80%, del 75% y del 70%, en los meses de febrero, marzo, abril y mayo, respectivamente.